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Discriminación sexual y acoso sexual en California

Una ley federal llamada Título VII prohíbe la discriminación sexual en el lugar de trabajo. La ley también reconoce que el acoso sexual es una forma de discriminación por razón de sexo. Esa ley está en vigor desde 1964, pero la discriminación por razón de sexo y el acoso sexual siguen siendo problemas que acaparan titulares.

La ley de California también prohíbe la discriminación sexual, pero protege más claramente a los empleados de la discriminación por su orientación sexual, identidad de género y expresión de género. Mientras que la ley federal se aplica a las empresas que tienen al menos 15 empleados, la ley de California se aplica a las empresas que tienen al menos 5 empleados. Además, todos los empresarios de California tienen prohibido acosar sexualmente a sus empleados.

Los conceptos de discriminación sexual y acoso sexual son fáciles de entender en abstracto, pero la aplicación de esos conceptos en el mundo real es a menudo confusa. Los empleados que creen que han sido víctimas de discriminación sexual o acoso sexual pueden obtener asesoramiento legal de un abogado de empleo en KKG Law. Nuestra oficina sirve a los empleados actuales y anteriores en Oakland, San José, Fairfield, y todas las demás comunidades del Área de la Bahía.

Discriminación Sexual

En términos simples, la discriminación sexual en el empleo se produce cuando un empleador trata a un empleado menos favorablemente que otros empleados debido a su sexo. Las mujeres son las víctimas habituales de la discriminación por razón de sexo, pero la discriminación contra empleados de cualquier sexo está prohibida.

Los empleados pueden obtener una reparación por discriminación sexual cuando un empresario adopta una medida adversa contra un empleado por razón de su sexo. La ley se refiere a ese tipo de discriminación como trato desigual. Una acción adversa es aquella que afecta negativamente a las condiciones de empleo. Algunos ejemplos comunes son:

  • No contratar
  • Despido
  • Despido
  • Desigualdad salarial o de prestaciones
  • Descenso o no promoción
  • Reducción salarial o no concesión de un aumento
  • Denegación de traslado a puestos de trabajo mejores
  • Disciplina desigual

Aunque la mayoría de las acciones adversas afectan a la retribución, el puesto o la continuidad en el empleo de un trabajador, otras acciones discriminatorias pueden reconocerse como adversas si causan un perjuicio significativo al trabajador. Algunos ejemplos son:

  • Asignar las peores tareas a empleados de un mismo sexo
  • Reducir sustancialmente las responsabilidades de un empleado
  • No proporcionar la formación necesaria para progresar o tener éxito en el trabajo
  • Trasladar a un empleado a un lugar que ofrezca menos oportunidades de promoción
  • Además del trato desigual por razón de sexo, la ley prohíbe a los empresarios adoptar medidas neutrales que tengan un impacto desigual en los empleados de un sexo determinado. Por ejemplo, la elevación o los requisitos para un puesto de trabajo pueden ser discriminatorios si descalifican para el empleo a un número significativamente mayor de mujeres que de hombres.

    Igualdad de género

    La Ley de Igualdad Salarial de California prohíbe a los empleadores pagar a los empleados de un sexo menos que a los empleados del otro sexo cuando realizan el mismo trabajo. En 2015, la ley se modificó para exigir a los empleadores que paguen lo mismo a los empleados de ambos sexos cuando realicen un “trabajo sustancialmente similar.” La ley define “trabajo sustancialmente similar” en términos de habilidad, esfuerzo y responsabilidad.

    Los tribunales de California tendrán que decidir cómo se aplicará la Ley de Igualdad Salarial modificada a trabajos específicos. Un abogado laboral de KKG Law puede ayudar a los empleados a entender si se les está pagando menos que a los empleados del otro sexo por un trabajo sustancialmente similar.

    Discriminación por embarazo

    La Ley contra la discriminación por embarazo modificó el Título VII para dejar claro que la discriminación por embarazo es una forma de discriminación sexual. La ley prohíbe a las empresas discriminar a sus empleadas por motivos de embarazo, parto o afecciones médicas relacionadas.

    Entre los actos más comunes de discriminación por embarazo se incluyen

    • Despedir a una empleada tras enterarse de que está embarazada
    • Negar la baja por enfermedad relacionada con el embarazo cuando se dispone de baja por enfermedad para otras afecciones
    • Denegación de la baja por maternidad
    • Negarse a permitir la reincorporación al trabajo una vez finalizada la baja por maternidad
    • Denegación de un permiso FMLA tras el parto
    • Degradación o no promoción a causa del embarazo
    • Acoso laboral por embarazo

    Además, las leyes federal y de California obligan a las empresas a proporcionar un lugar privado (que no sea un cuarto de baño) en el que las empleadas puedan extraerse la leche materna después del parto.

    La legislación californiana ofrece protecciones que van más allá de la ley federal, ya que exige a las empresas que permitan a una empleada tomarse una excedencia cuando esté incapacitada por embarazo, parto o afecciones médicas relacionadas, y que mantengan su seguro médico durante la excedencia. La ley también obliga al empresario a realizar otros ajustes razonables en caso de embarazo.

    Discriminación por identidad de género

    Los tribunales federales están reconociendo poco a poco que la discriminación por razón de sexo incluye la orientación sexual. Sin embargo, la legislación de California ofrece algunas de las protecciones más sólidas del país contra la discriminación por motivos de:

    • Orientación sexual
    • Identidad de género (autoidentificación como perteneciente a uno u otro género, a ambos géneros, transgénero o no transgénero, independientemente del género asignado al nacer).
    • Expresión de género (cómo se presenta el género a través de la apariencia externa y el comportamiento)

    Un abogado de empleo en KKG Law puede ayudar a los empleados a reivindicar sus derechos cuando han sido objeto de discriminación por cualquier motivo prohibido por la ley de California.

    Acoso Sexual

    El acoso sexual es una forma de discriminación sexual. El acoso quid pro quo ocurre cuando un empleador pide favores sexuales a cambio de algo beneficioso para el empleado, como un aumento de sueldo o un ascenso. El acoso quid pro quo lo cometen empresarios, directivos y supervisores que tienen capacidad para influir en esas condiciones.

    La otra forma habitual de acoso sexual es la creación de un entorno laboral hostil. Un entorno laboral hostil es discriminatorio cuando se dirige a los empleados por su sexo, orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

    Algunos ejemplos de conductas que pueden crear un entorno laboral hostil son

    • Abuso sexual
    • Tocamientos inapropiados, aunque no sean ilegales
    • Insinuaciones sexuales no deseadas
    • Comentarios o chistes sexuales groseros o lascivos
    • Burlas o ridiculizaciones
    • Comentarios o conductas que sugieran que los empleados de un determinado sexo, orientación sexual o identidad de género no deben desempeñar su trabajo

    No todos los comentarios groseros en el trabajo crean un entorno laboral hostil, pero cuando la conducta es tan grave o generalizada que convierte el entorno laboral en opresivo, abusivo o intimidatorio, el empleado tiene derecho a una reparación.

    Los empleados pueden tener que denunciar el acoso a su empleador antes de que puedan tomar medidas adicionales, aunque ese requisito depende de quién está creando el ambiente de trabajo hostil, la naturaleza del acoso, y si el empleador ha establecido un procedimiento de denuncia. Un abogado laboral de KKG Law puede ayudar a los empleados a entender sus derechos y obligaciones si han sido objeto de acoso sexual.

    Recursos por discriminación y acoso sexual

    La mayoría de las reclamaciones legales por discriminación en el empleo comienzan con la presentación de una denuncia ante un organismo administrativo. La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) es el organismo federal encargado de hacer cumplir las protecciones federales contra la discriminación por razón de sexo y el acoso sexual. Las reclamaciones presentadas en virtud de la legislación de California pueden presentarse ante el Departamento de Empleo y Vivienda Justos de California (DFEH).

    Los recursos por discriminación sexual y acoso sexual pueden incluir:

    • Órdenes judiciales que prohíben el acoso o la discriminación en el futuro
    • Órdenes judiciales que exijan a los empleadores eliminar los efectos de la discriminación (por ejemplo, anular un descenso de categoría o un traslado)
    • Retribución
    • Reincorporación a un puesto o retribución anticipada
    • Indemnización por daños emocionales
    • Indemnizaciones punitivas

    Los plazos para presentar una demanda ante la EEOC (300 días) o ante el DFEH (365 días) son bastante cortos. Es importante obtener asesoramiento jurídico inmediatamente después de que se produzca la discriminación o el acoso sexual para determinar si se debe presentar una reclamación, cuándo y dónde.

    Represalias

    Las leyes federales y de California prohíben a los empleadores tomar represalias contra los empleados que se quejen de discriminación sexual o acoso sexual, o que presenten reclamaciones legales. La conducta que se define como represalia es más amplia que las “acciones adversas” comentadas anteriormente. Nuestra página sobre represalias explica con más detalle las represalias y sus soluciones.

    Ayudando a Victimas de Discriminacion Sexual y Acoso Sexual

    Un abogado de empleo en KKG Law puede ayudar a las víctimas de discriminación sexual, acoso sexual o represalias. Representamos a los empleados actuales y anteriores en Oakland, San José, Fairfield, y todas las demás comunidades del Área de la Bahía. Contáctenos al 510-721-3465